Cómo se computan los términos y plazos en el COGEP
El COGEP distingue dos formas de contar el tiempo procesal: el término, que corre solo en días hábiles (Art. 73 COGEP), y el plazo, que corre en días continuos (calendario). La mayoría de actuaciones procesales se cuentan en términos.
Cuándo empieza a correr (Art. 77 COGEP)
El término empieza el día hábil siguiente a la última citación o notificación, en forma común para todas las partes. Y vence el último momento hábil de la jornada laboral del día final — no a medianoche.
Qué días no cuentan (Art. 78 COGEP)
No corren los términos en sábados, domingos y feriados, incluidos los traslados de feriados por decreto ejecutivo — el detalle que más errores de cómputo causa. Esta calculadora incorpora los feriados oficiales de 2026 con sus traslados, y te permite añadir feriados locales de tu cantón o suspensiones decretadas por el Consejo de la Judicatura.
Términos más usados
| Actuación | Término | Base COGEP |
|---|---|---|
| Contestar demanda — procedimiento ordinario | 30 días | Art. 291 |
| Contestar demanda — procedimiento sumario | 15 días | Art. 333.3 |
| Contestar — sumario de niñez o despido de embarazada/dirigente | 10 días | Art. 333.3 |
| Recurso de apelación | 10 días | Art. 257 |
| Recurso de casación (desde la ejecutoria) | 30 días | Art. 266 |
| Aclaración o ampliación | 3 días | Art. 255 |
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