Seis calculadoras basadas en la legislación ecuatoriana vigente. Resultados referenciales — consulta siempre con un profesional.
SBU 2026: $482,00Plazos con feriados oficiales 2026No consume créditos
Plazos Procesales
Liquidación Laboral
Pensión Alimenticia
Impuesto a la Renta
Horas Extras
Intereses Legales
⚖️ Liquidación de Haberes
Calcula la liquidación completa según el Código de Trabajo: décimos, vacaciones, fondos de reserva e indemnizaciones. Arts. 69, 71, 111, 113, 185, 188 CT.
Días de vacaciones ya tomados este último año
Tiempo de servicio—
Décimo tercer sueldo (proporcional)—
Décimo cuarto sueldo (proporcional)—
Vacaciones no gozadas—
Fondos de reserva—
Bonificación por desahucio (25% × años)—
Indemnización por despido intempestivo—
Total liquidación estimada—
⚠️ Cálculo referencial basado en el Código de Trabajo de Ecuador. No incluye deducciones de IESS ni valores pendientes. Consulte con un abogado laboralista para su caso específico.
👨👧👦 Pensión Alimenticia
Cálculo según la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2026 (Acuerdo MDH-DM-2026-0005-A, Ministerio de Desarrollo Humano). El porcentaje depende del nivel de ingresos del alimentante en salarios básicos, del número total de hijos y de la edad del mayor.
Ingresos totales, descontado el aporte personal al IESS (Art. 13)
Con hijos de distintas edades se usa la del mayor (Art. 14)
Todos los hijos del alimentante, aunque no hayan demandado (Art. 13)
Recargo por hogar, según el mayor grado de discapacidad (Art. 10)
Nivel de ingresos—
Porcentaje aplicado—
Recargo por discapacidad—
Pensión mínima de todos los hijos—
Por cada hijo/a—
Pensión mínima mensual—
⚠️ Cálculo referencial con la tabla 2026 (SBU $482). Es el mínimo: el juez puede fijar más según las necesidades del alimentado y la capacidad del alimentante. No incluye los subsidios de educación, salud y vestuario.
🏛️ Impuesto a la Renta — Personas Naturales
Tabla progresiva del SRI para personas naturales, ejercicio fiscal 2026 (Art. 36 LORTI; Res. NAC-DGERCGC25-00000043). Los gastos personales ya no se restan de la base: generan una rebaja del 18% del impuesto causado.
⚠️ Cálculo referencial. Rebaja = 18% del menor valor entre tus gastos personales y el tope de canastas familiares básicas (USD 821,80 cada una, INEC enero 2026); no puede superar el impuesto causado. No considera regímenes especiales (RIMPE) ni las exoneraciones por tercera edad o discapacidad. Consulte con un contador.
⏰ Horas Extras y Suplementarias
Recargos por horas suplementarias (50%) y extraordinarias (100%) según Arts. 49, 55 del Código de Trabajo.
Recargo del 50% — hasta las 24h00
Recargo del 100%
Recargo del 100%
Valor hora normal—
Suplementarias 50% (L-V)—
Suplementarias 100% (nocturnas)—
Extraordinarias 100% (fines/feriados)—
Total recargos por horas extras—
⚠️ Las horas suplementarias no pueden exceder 4 horas diarias ni 12 semanales (Art. 55 CT). El cálculo es mensual.
📊 Intereses Legales y de Mora
Interés legal e interés convencional máximo con las tasas que publica el Banco Central del Ecuador (Arts. 1575, 2109 y 2110 del Código Civil), y mora tributaria con la tasa trimestral del SRI (Art. 21 del Código Tributario).
Capital—
Tasa aplicada—
Período—
Interés generado—
Total a pagar (capital + interés)—
⚠️ Tasas vigentes en octubre de 2026: legal 6,96% y máxima convencional 7,89% (BCE); mora tributaria del 4.º trimestre de 2026 (SRI). Interés simple. La mora tributaria se cobra por cada mes o fracción de mes con la tasa de cada trimestre; aquí se usa la del trimestre vigente para todo el período. Si en el contrato se pactó otro interés dentro del máximo, usa la tasa personalizada.
📅 Plazos y Términos Procesales
Calcula la fecha de vencimiento de términos (días hábiles) y plazos (días continuos) según el COGEP: el cómputo inicia el día hábil siguiente a la última citación o notificación (Art. 77) y no corren sábados, domingos ni feriados, incluidos los traslados por decreto (Art. 78).
Última citación o notificación; para casación, la ejecutoria
Ej. fundación del cantón de tu judicatura, o suspensión decretada por el CJ
Cómputo aplicado—
Inicio del cómputo (día 1)—
Días inhábiles en el período—
Vencimiento—
⚠️ Cálculo referencial (COGEP Arts. 73, 75, 77 y 78). El término vence el último momento hábil de la jornada del día indicado (Art. 77).
Guías por calculadora — cómo se calcula cada rubro, con su base legal
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