InicioCódigo de Trabajo › Art. 171

Art. 171 del Código de Trabajo — Obligación del cesionario y derecho del trabajador

📕 Código de Trabajo de Ecuador Texto vigente · última reforma 2023-05 Fuente: corpus verificado VemoraLink

Art. 171.- Obligación del cesionario y derecho del trabajador.- En caso de cesión o de enajenación de la empresa o negocio o cualquier otra modalidad por la cual la responsabilidad patronal sea asumida por otro empleador, éste estará obligado a cumplir los contratos de trabajo del antecesor.

En el caso de que el trabajador opte por continuar con la relación laboral, no habrá lugar al pago de indemnizaciones.

Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.

¿Cómo aplica el Art. 171 a tu caso?
Pregúntale al Agente Legal: responde con los artículos exactos del corpus y arma el cálculo o el escrito contigo.

Probar gratis — 25 créditos sin tarjeta

Artículos relacionados

Art. 198
Responsabilidad solidaria en el pago del fondo de reserva
Art. 198.- Responsabilidad solidaria en el pago del fondo de reserva.- Si el negocio o industria cambiare de dueño o tenedor como arrendatario, usufructuario, etc., …
Art. 193
Caso de liquidación del negocio
Art. 193.- Caso de liquidación del negocio.- Los empleadores que fueren a liquidar definitivamente sus negocios darán aviso a los trabajadores con anticipación de un…
Art. 41
Responsabilidad solidaria de empleadores
Art. 41.- Responsabilidad solidaria de empleadores.- (Reformado por la Disposición Final Primera del Mandato Constituyente 8, R.O. 330-S, 6-V-2008).- Cuando el traba…
Art. 617
Prohibición al trabajador de ceder derechos litigiosos
Art. 617.- Prohibición al trabajador de ceder derechos litigiosos.- En los juicios de trabajo se prohíbe al trabajador la cesión de los derechos litigiosos.…

Herramientas para este artículo

Calculadora de liquidación laboral Calculadora de horas extras Buscador de leyes
← Art. 170 — Terminación sin desahucio