Inicio › Leyes › Código de Trabajo
Código de Trabajo de Ecuador — texto vigente, artículo por artículo
Texto vigente · última reforma 2023-05
716 disposiciones
Dominio público · corpus verificado
¿Buscas cómo aplica un artículo a tu caso?
El Agente Legal de VemoraLink responde citando el artículo exacto de 112 fuentes vigentes.
Índice de artículos
Artículos 1 – 100112 disposiciones
- Art. 1 — Ámbito de este Código
- Art. 2 — Obligatoriedad del trabajo
- Art. 3 — Libertad de trabajo y contratación
- Art. 4 — Irrenunciabilidad de derechos
- Art. 5 — Protección judicial y administrativa
- Art. 6 — Leyes supletorias
- Art. 7 — Aplicación favorable al trabajador
- Art. 8 — Contrato individual
- Art. 9 — Concepto de trabajador
- Art. 10 — Concepto de empleador
- Art. 11 — Clasificación
- Art. 12 — Contratos expreso y tácito
- Art. 13 — Formas de remuneración
- Art. 14 — Contrato tipo y excepciones
- Art. 15 — Período de prueba
- Art. 16 — Contratos por obra cierta, por tarea y a destajo
- Art. innumerado (a continuación del Art. 16) — Del teletrabajo
- Art. 16.1 — Del contrato por obra o servicio determinado dentro del giro del negocio
- Art. 17 — Contratos eventuales, ocasionales, de temporada
- Art. 18 — Contrato escrito
- Art. 19 — Contrato escrito obligatorio
- Art. 20 — Cruce de información
- Art. 21 — Requisitos del contrato escrito
- Art. 22 — Condiciones del contrato tácito
- Art. 23 — Sujeción a los contratos colectivos
- Art. 23.1 — El Ministerio del ramo podrá regular aquellas relaciones de trabajo…
- Art. 24 — (Derogado)
- Art. 25 — (Derogado)
- Art. 26 — (Derogado)
- Art. 27 — (Derogado)
- Art. 28 — (Derogado)
- Art. 29 — (Derogado)
- Art. 30 — (Derogado)
- Art. 31 — Trabajo de grupo
- Art. 32 — Contrato de equipo
- Art. 33 — Jefe de equipo
- Art. 34 — Sustitución de trabajador
- Art. 34.1 — Trabajo Juvenil
- Art. 34.2 — Condiciones del trabajo Juvenil
- Art. 34.3 — Aporte a la Seguridad Social
- Art. 34.4 — Verificación y Control
- Art. 35 — Quienes pueden contratar
- Art. 36 — Representantes de los empleadores
- Art. 37 — Regulación de los contratos
- Art. 38 — Riesgos provenientes del trabajo
- Art. 39 — Divergencias entre las partes
- Art. 40 — Derechos exclusivos del trabajador
- Art. 41 — Responsabilidad solidaria de empleadores
- Art. 42 — Obligaciones del empleador
- Art. 42.1 — Prácticas prohibidas en la contratación de personal
- Art. 43 — Derechos de los trabajadores llamados al servicio militar obligatorio
- Art. 44 — Prohibiciones al empleador
- Art. 45 — Obligaciones del trabajador
- Art. 46 — Prohibiciones al trabajador
- Art. innumerado (a continuación del Art. 46) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 46]
- Art. 47 — De la jornada máxima
- Art. 47.1 — En casos excepcionales, previo acuerdo entre empleador y trabajador o…
- Art. 47.2 — Jornada prolongada de trabajo
- Art. 48 — Jornada especial
- Art. 49 — Jornada nocturna
- Art. 50 — Límite de jornada y descanso forzosos
- Art. 51 — Duración del descanso
- Art. 52 — Trabajo en sábados y domingos
- Art. 53 — Descanso semanal remunerado
- Art. 54 — Pérdida de la remuneración
- Art. 55 — Remuneración por horas suplementarias y extraordinarias
- Art. 56 — Prohibición
- Art. 57 — División de la jornada
- Art. 58 — Funciones de confianza
- Art. 59 — Indemnización al empleador
- Art. 60 — Recuperación de horas de trabajo
- Art. 61 — Cómputo de trabajo efectivo
- Art. 62 — Trabajo en días y horas de descanso obligatorio
- Art. 63 — Exhibición de horarios de labor
- Art. 64 — Reglamento interno
- Art. 65 — Días de descanso obligatorio
- Art. 66 — Jornada que se considerará realizada
- Art. 67 — Pago en caso de licenciamiento
- Art. 68 — Prohibición de trabajo
- Art. 69 — Vacaciones anuales
- Art. 70 — Facultad del empleador
- Art. 71 — Liquidación para pago de vacaciones
- Art. 72 — Vacaciones anuales irrenunciables
- Art. 73 — Fijación del período vacacional
- Art. 74 — Postergación de vacación por el empleador
- Art. 75 — Acumulación de vacaciones
- Art. 76 — Compensación por vacaciones
- Art. 77 — Reemplazo del trabajador que maneja fondos
- Art. 78 — Derechos de profesores particulares
- Art. 79 — Igualdad de remuneración
- Art. 80 — Salario y sueldo
- Art. 81 — Estipulación de sueldos y salarios
- Art. 82 — Remuneraciones por horas
- Art. 83 — Plazo para pagos
- Art. 84 — Remuneración semanal, por tarea y por obra
- Art. 85 — Anticipo de remuneración por obra completa
- Art. 86 — A quién y dónde debe pagarse
- Art. 87 — Pago en moneda de curso legal
- Art. 88 — Crédito privilegiado de primera clase
- Art. 89 — Acción por colusión en reclamos laborales
- Art. 90 — Retención limitada de la remuneración por el empleador
- Art. 91 — Inembargabilidad de la remuneración
- Art. 92 — Garantía para parturientas
- Art. 93 — Derecho a remuneración íntegra
- Art. 94 — Condena al empleador moroso
- Art. 95 — Sueldo o salario y retribución accesoria
- Art. 96 — Pago en días hábiles
- Art. 97 — Participación de trabajadores en utilidades de la empresa
- Art. 97.1 — Límite en la distribución de las utilidades
- Art. 98 — No tendrán derecho a utilidades
- Art. 99 — Deducción previa del quince por ciento
- Art. 100 — Utilidades para las personas trabajadoras de empresas de actividades complementarias
Artículos 101 – 200115 disposiciones
- Art. 101 — Exoneración del pago de utilidades
- Art. 102 — Las utilidades no se considerarán remuneración
- Art. 103 — Unificación de utilidades
- Art. 103.1 — Empresas Vinculadas
- Art. 104 — Determinación de utilidades en relación al impuesto a la renta
- Art. 105 — Plazo para pago de utilidades
- Art. 105.1 — Previo acuerdo del trabajador y del patrono, todo o parte de las…
- Art. 106 — Utilidades no cobradas
- Art. 107 — Sanción por declaración falsa de utilidades
- Art. 108 — Anticipo de utilidades e impuesto a la renta
- Art. 109 — Garantías en la participación de utilidades
- Art. 110 — Facultad del Ministro relativa al pago de utilidades
- Art. 111 — Derecho a la décima tercera remuneración o bono navideño
- Art. 112 — Exclusión de la decimotercera remuneración
- Art. 113 — Derecho a la decimacuarta remuneración
- Art. 114 — Garantía de la decimacuarta remuneración
- Art. 115 — Exclusión de operarios y aprendices
- Art. 116 — Precedentes legales
- Art. 117 — Remuneración Unificada
- Art. 118 — Consejo Nacional de Trabajo y Salarios
- Art. 119 — Atribuciones del Consejo Nacional del Trabajo y Salarios
- Art. 120 — Reglamento del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios
- Art. 121 — Obligaciones de los empleadores
- Art. 122 — Comisiones Sectoriales
- Art. 123 — Convocatoria a las Comisiones Sectoriales
- Art. 124 — Acuerdo de aprobación
- Art. 125 — Representantes en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios y en las comisiones sectoriales
- Art. 126 — Consideraciones para las fijaciones de sueldos, salarios y…
- Art. 127 — Recurso de apelación
- Art. 128 — Atribuciones de la Unidad Técnica Salarial
- Art. 129 — Comisiones de trabajo
- Art. 130 — Prohibición de indexación
- Art. 131 — Unificación salarial
- Art. 132 — Congelamiento del valor de la compensación por el incremento del…
- Art. 133 — Salario mínimo vital general
- Art. 133.1 — Límites a Brechas Remunerativas
- Art. 134 — Prohibición del trabajo de niños, niñas y adolescentes
- Art. 135 — Horas para concurrencia a la escuela
- Art. 136 — Límite de la jornada de trabajo y remuneración de los adolescentes
- Art. 137 — Prohibición de trabajo nocturno para menores
- Art. 138 — Trabajos prohibidos a menores
- Art. 139 — Límites máximos de carga para mujeres y menores
- Art. 140 — Trabajos subterráneos
- Art. 141 — Examen médico de aptitud
- Art. 142 — Periodicidad de los exámenes médicos
- Art. 143 — Facultativo que otorgará el certificado médico
- Art. 144 — Registro que deben llevar los empleadores
- Art. 145 — Registro a disposición de los trabajadores
- Art. 146 — (Derogado)
- Art. 147 — Registro especial que deben llevar quienes ocupen a adolescentes
- Art. 148 — Sanciones
- Art. 149 — Accidentes o enfermedades de adolescentes atribuidos a culpa del empleador
- Art. 150 — Días en que es prohibido trabajar
- Art. 151 — Inspección por las autoridades
- Art. 152 — (Sustituido por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 528-S, 13-II-2009;…
- Art. 152.1 — Licencia o permiso sin remuneración para el cuidado de los hijos.
- Art. 153 — Protección a la mujer embarazada
- Art. 154 — Incapacidad para trabajar por enfermedad debida al embarazo o al parto
- Art. innumerado (a continuación del Art. 154) — Licencia con remuneración por el período de lactancia
- Art. 155 — Guardería infantil y lactancia
- Art. 155.2 — Licencia por Adopción
- Art. innumerado (a continuación del Art. 155.2) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 155.2]
- Art. 156 — Otras sanciones
- Art. innumerado (a continuación del Art. 156) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 156]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 156) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 156]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 156) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 156]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 156) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 156]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 156) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 156]
- Art. 157 — Contrato de aprendizaje
- Art. 158 — Contenido del contrato de aprendizaje
- Art. 159 — Jornada del aprendiz
- Art. 160 — Obligaciones del aprendiz
- Art. 161 — Obligaciones del empleador respecto al aprendiz
- Art. 162 — Otras obligaciones de empleador y aprendiz
- Art. 163 — Causales de despido al aprendiz
- Art. 164 — Causas por las que el aprendiz puede separarse
- Art. 165 — Porcentaje de aprendices en empresas
- Art. 166 — Maestro de aprendiz
- Art. 167 — Promoción del aprendiz
- Art. 168 — Aprendizaje y remuneración
- Art. 169 — Causas para la terminación del contrato individual
- Art. 170 — Terminación sin desahucio
- Art. 171 — Obligación del cesionario y derecho del trabajador
- Art. 172 — Causas por las que el empleador puede dar por terminado el contrato
- Art. 173 — Causas para que el trabajador pueda dar por terminado el contrato
- Art. 174 — Casos en los que el empleador no puede dar por terminado el contrato
- Art. 175 — Caso de enfermedad no profesional del trabajador
- Art. 176 — Obligación del trabajador que hubiere recuperado su salud
- Art. 177 — Obligación del trabajador de comunicar su enfermedad
- Art. 178 — Comprobación de la enfermedad no profesional del trabajador
- Art. 179 — Indemnización por no recibir al trabajador
- Art. 180 — Causales de terminación de los contratos previstos en el artículo 14
- Art. 181 — (Derogado)
- Art. 182 — Pago para el regreso del trabajador
- Art. 183 — Calificación del visto bueno
- Art. 184 — Desahucio
- Art. 185 — Bonificaciones por desahucio
- Art. 186 — (Derogado)
- Art. 187 — Garantías para dirigentes sindicales
- Art. 188 — Indemnización por despido intempestivo
- Art. 189 — (Derogado)
- Art. 190 — Indemnización al empleador por falta de desahucio
- Art. 191 — Indemnizaciones y bonificaciones al trabajador
- Art. 192 — Efectos del cambio de ocupación
- Art. 193 — Caso de liquidación del negocio
- Art. 194 — Caso de incumplimiento del empleador en el contrato por obra o a destajo
- Art. 195 — Caso de incumplimiento del contrato por el trabajador
- Art. 195.1 — Prohibición de despido y declaratoria de ineficaz
- Art. 195.2 — Acción de despido ineficaz
- Art. 195.3 — Efectos
- Art. 196 — Derecho al fondo de reserva
- Art. 197 — Caso de separación y de retorno del trabajador
- Art. 198 — Responsabilidad solidaria en el pago del fondo de reserva
- Art. 199 — Efectos del pago indebido de fondo de reserva
- Art. 200 — Garantías para el fondo de reserva
Artículos 201 – 300102 disposiciones
- Art. 201 — Depósito del fondo de reserva
- Art. 202 — Pago directo al trabajador del fondo de reserva
- Art. 203 — Derecho de los deudos del trabajador al fondo de reserva
- Art. 204 — Base para la liquidación del fondo de reserva
- Art. 205 — Facultad para destinar el fondo de reserva a préstamos hipotecarios
- Art. 206 — Fines para los que se concederán los préstamos hipotecarios
- Art. 207 — Tipo de interés y fines de inversión
- Art. 208 — Obligación de contratar seguro de desgravamen
- Art. 209 — Préstamo de amortización gradual
- Art. 210 — Cancelaciones
- Art. 211 — Efectos de la inversión temporal del fondo de reserva
- Art. 212 — Tratamiento del fondo de reserva del trabajador que se separa del servicio
- Art. 213 — Caso de porcentaje mayor del diez por ciento
- Art. 214 — Reglamentación para operaciones de descuento de títulos hipotecarios…
- Art. 215 — Caso de trabajadores no incorporados al Seguro Social
- Art. 216 — Jubilación a cargo de empleadores
- Art. 217 — Caso de fallecimiento de un trabajador en goce de pensión jubilar
- Art. 218 — Tabla de coeficientes
- Art. 219 — Exoneración de impuestos
- Art. 220 — Contrato colectivo
- Art. 221 — Asociación con la que debe celebrarse el contrato colectivo
- Art. 222 — Justificación de la capacidad para contratar
- Art. 223 — Presentación del proyecto de contrato colectivo
- Art. 224 — Negociación del contrato colectivo
- Art. 225 — Trámite obligatorio ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 226 — Contenido de la reclamación
- Art. 227 — Término para contestar
- Art. 228 — Contestación a la reclamación
- Art. 229 — Contestación totalmente favorable
- Art. 230 — Audiencia de conciliación
- Art. 231 — Término de indagaciones y resolución
- Art. 232 — Efectos del contrato colectivo
- Art. 233 — Prohibición de despido de trabajadores
- Art. 234 — Archivo del pliego de peticiones
- Art. 235 — Declaratoria de huelga
- Art. 236 — Formalidades del contrato colectivo
- Art. 237 — Contenido del contrato colectivo
- Art. 238 — Ámbito del contrato colectivo
- Art. 239 — Duración del contrato colectivo
- Art. 240 — Determinación del número de trabajadores
- Art. 241 — Suspensión temporal de los contratos colectivos
- Art. 242 — Acciones provenientes del contrato colectivo
- Art. 243 — Disolución de la asociación de trabajadores
- Art. 244 — Preeminencia del contrato colectivo
- Art. 245 — Representantes de las asociaciones de trabajadores
- Art. 246 — Efectos de la nulidad de los contratos
- Art. 247 — Límite del amparo de los contratos colectivos
- Art. innumerado (a continuación del Art. 247) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 247]
- Art. 248 — Revisabilidad de los contratos colectivos
- Art. 249 — Facultad del empleador
- Art. 250 — Causales de terminación de los contratos colectivos
- Art. 251 — Efectos del incumplimiento del contrato colectivo
- Art. 252 — Obligatoriedad del contrato colectivo
- Art. 253 — Petición de obligatoriedad de un contrato
- Art. 254 — Oposición a la obligatoriedad del contrato
- Art. 255 — Declaratoria de obligatoriedad
- Art. 256 — Trámite de la oposición
- Art. 257 — Aplicación del contrato
- Art. 258 — Fijación del plazo de vigencia
- Art. 259 — Revisión del contrato
- Art. 260 — Fin del contrato colectivo obligatorio
- Art. 261 — Acción de daños y perjuicios
- Art. 262 — Modalidades del servicio doméstico
- Art. 263 — Clasificación
- Art. 264 — (Derogado)
- Art. 265 — Modalidad contractual
- Art. 266 — (Derogado)
- Art. 267 — Caso del fallecimiento del empleador
- Art. 268 — Alimentación, albergue y educación del doméstico
- Art. innumerado (a continuación del Art. 268) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 268]
- Art. 269 — (Derogado)
- Art. 270 — Imposibilidad para el trabajo
- Art. 271 — Trabajo a domicilio
- Art. 272 — Trabajadores a domicilio
- Art. 273 — Trabajo familiar
- Art. 274 — Empleadores en el trabajo a domicilio
- Art. 275 — Registro de trabajadores
- Art. 276 — Libreta de trabajo
- Art. 277 — (Derogado)
- Art. 278 — Multas a los trabajadores
- Art. 279 — Fijación de sueldos, salarios básicos y remuneraciones básicas mínimas unificadas
- Art. 280 — Factores para la fijación de los sueldos, salarios básicos y…
- Art. 281 — Pago íntegro del sueldo, salario básico o remuneración básica mínima unificada
- Art. 282 — Publicación de las decisiones
- Art. 283 — Atribuciones de los inspectores del trabajo
- Art. 284 — Caso de enfermedad contagiosa
- Art. 285 — A quiénes se considera artesanos
- Art. 286 — Maestro de taller
- Art. 287 — Artesano autónomo
- Art. 288 — Operario
- Art. 289 — Contratista
- Art. 290 — Facultades de artesanos y aprendices
- Art. 291 — Obligaciones de los artesanos autónomos
- Art. 292 — Título de maestro de taller
- Art. 293 — Maestro de taller es empleador
- Art. 294 — Repútase contrato de trabajo
- Art. 295 — Responsabilidad del artesano
- Art. 296 — Normas para el caso de que el contratista no retire la obra
- Art. 297 — Obra no realizada con sujeción al contrato
- Art. 298 — Falta de estipulación de precio
- Art. 299 — Cesación del trabajo
- Art. 300 — Responsabilidad por pérdida o deterioro de material
Artículos 301 – 400125 disposiciones
- Art. 301 — Alegación de nulidad
- Art. 302 — Obligaciones de los artesanos calificados
- Art. 303 — Indemnizaciones
- Art. 304 — Exenciones
- Art. innumerado (a continuación del Art. 304) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 304]
- Art. 305 — Empleado privado o particular
- Art. 306 — Servicios inmateriales
- Art. 307 — Alcance de las disposiciones de este capítulo
- Art. 308 — Mandatario o empleado
- Art. 309 — Contrato escrito obligatorio
- Art. 310 — Causas para la terminación de estos contratos
- Art. 311 — (Derogado)
- Art. 312 — (Derogado)
- Art. 313 — Son empleados privados
- Art. 314 — Contrato escrito
- Art. 315 — Regulación de las obligaciones del empleador
- Art. 316 — A quiénes comprende este capítulo
- Art. 317 — Choferes amparados por este capítulo
- Art. 318 — Porcentaje de trabajadores nacionales
- Art. 319 — Libreta del trabajador de transporte
- Art. 320 — Obligatoriedad de la libreta
- Art. 321 — Obligación del conductor
- Art. 322 — Prohibición de traslado
- Art. 323 — No comprende a los trabajadores de transporte
- Art. 324 — Duración del viaje
- Art. 325 — Jornadas especiales de trabajo
- Art. 326 — Trabajos suplementarios
- Art. 327 — No serán horas extraordinarias
- Art. 328 — Escalafón de trabajadores
- Art. 329 — Causas especiales de despido
- Art. 330 — Normas en caso de huelga
- Art. 331 — Relaciones entre empleador y obrero agrícola
- Art. 332 — Empleador agrícola
- Art. 333 — Obrero agrícola, jornalero o destajero
- Art. 334 — Jornalero
- Art. 335 — Destajero
- Art. 336 — Fijación de salarios mínimos
- Art. 337 — Reducción del salario por alimentación
- Art. 338 — Duración de la jornada
- Art. 339 — Obligaciones del obrero agrícola
- Art. 340 — Trabajo por tareas
- Art. 341 — Prohibición a los empleadores agrícolas
- Art. 342 — Reclamaciones a resolverse sin necesidad de juicio
- Art. 343 — Falta de inspector del trabajo
- Art. 344 — Apelación
- Art. 345 — Reglamentos
- Art. 346 — Otras modalidades de trabajo
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — De la prevención
- Art. innumerado (a continuación del Art. 346) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 346]
- Art. 347 — Riesgos del trabajo
- Art. 348 — Accidente de trabajo
- Art. 349 — Enfermedades profesionales
- Art. 350 — Derecho a indemnización
- Art. 351 — Indemnización a servidores públicos
- Art. 352 — Derechos de los deudos
- Art. 353 — Indemnizaciones a cargo del empleador
- Art. 354 — Exención de responsabilidad
- Art. 355 — Imprudencia profesional
- Art. 356 — Seguro facultativo
- Art. 357 — Responsabilidad de terceros
- Art. 358 — Sujeción al derecho común
- Art. 359 — Indemnizaciones por accidente de trabajo
- Art. 360 — Incapacidad permanente y absoluta
- Art. 361 — Disminución permanente
- Art. 362 — Incapacidad temporal
- Art. 363 — Clasificación
- Art. 364 — Otras enfermedades profesionales
- Art. 365 — Asistencia en caso de accidente
- Art. 366 — Aparatos de prótesis y ortopedia
- Art. 367 — Cálculo de indemnizaciones para el trabajador no afiliado al IESS
- Art. 368 — Presunción del lugar de trabajo
- Art. 369 — Muerte por accidente de trabajo
- Art. 370 — Indemnización por incapacidad permanente
- Art. 371 — Indemnización por disminución permanente
- Art. 372 — Modificación de los porcentajes
- Art. 373 — Indemnización por incapacidad temporal
- Art. 374 — Accidente en trabajo ocasional
- Art. 375 — Revisión de la disminución permanente parcial
- Art. 376 — Indemnización por enfermedad profesional
- Art. 377 — Derecho a indemnización por accidente o enfermedad profesional
- Art. 378 — Falta de derecho a indemnización
- Art. 379 — Falta de herederos
- Art. 380 — Libre apreciación de pruebas sobre el estado civil
- Art. 381 — Capacidad de padres menores de edad
- Art. 382 — Pensiones vitalicias
- Art. 383 — Pago íntegro de las indemnizaciones
- Art. 384 — Falta de derecho de los deudos
- Art. 385 — Reducción del monto de la indemnización
- Art. 386 — Denuncia del accidente o de la enfermedad
- Art. 387 — Contenido de la denuncia
- Art. 388 — Comprobación de la veracidad de la denuncia
- Art. 389 — Cuadros estadísticos de accidentes de trabajo
- Art. 390 — Remuneración anual
- Art. 391 — Remuneración anual en el trabajo a destajo
- Art. 392 — Servicio a dos o más empleadores
- Art. 393 — Remuneración que no percibirá en dinero
- Art. 394 — Remuneración no pactada
- Art. 395 — Cuantía de la indemnización
- Art. 396 — Estipulación de indemnizaciones
- Art. 397 — Prestación de primeros auxilios
- Art. 398 — Aumento de las indemnizaciones
- Art. 399 — Prohibición de enajenar
- Art. 400 — Descuento por anticipo de salario
Artículos 401 – 500101 disposiciones
- Art. 401 — Crédito privilegiado
- Art. 402 — Pago de indemnizaciones
- Art. 403 — Prescripción de las acciones
- Art. 404 — Integración de las comisiones
- Art. 405 — Informes de las comisiones
- Art. 406 — Comisiones especiales
- Art. 407 — Fundamento de los informes
- Art. 408 — Comisiones centrales de calificación
- Art. 409 — Atribuciones de las comisiones centrales
- Art. 410 — Obligaciones respecto de la prevención de riesgos
- Art. 411 — Planos para construcciones
- Art. 412 — Preceptos para la prevención de riesgos
- Art. 413 — Prohibición de fumar
- Art. 414 — Medios preventivos
- Art. 415 — Condición de los andamios
- Art. 416 — Prohibición de limpieza de máquinas en marcha
- Art. 417 — Límite máximo del transporte manual
- Art. 418 — Métodos de trabajo en el transporte manual
- Art. 419 — Aptitud física para trabajo en barco de pesca
- Art. 420 — Contenido del certificado médico
- Art. 421 — Validez del certificado médico
- Art. 422 — Gratuidad de los certificados
- Art. 423 — Limpiezas de canales y pozos negros
- Art. 424 — Vestidos adecuados para trabajos peligrosos
- Art. 425 — Orden de paralización de máquinas
- Art. 426 — Advertencia previa al funcionamiento de una máquina
- Art. 427 — Trabajadores que operen con electricidad
- Art. 428 — Reglamentos sobre prevención de riesgos
- Art. 429 — Provisión de suero antiofídico
- Art. 430 — Asistencia médica y farmacéutica
- Art. 431 — Obligación de marcar el peso en fardos
- Art. 432 — Normas de prevención de riesgos dictadas por el IESS
- Art. 433 — Cooperación de los medios de comunicación colectiva
- Art. 434 — Reglamento de higiene y seguridad
- Art. 435 — Atribuciones de la Dirección Regional del Trabajo
- Art. 436 — Suspensión de labores y cierre de locales
- Art. 437 — Modificación de porcentajes
- Art. 438.- (parte 1/2) — Disminución de capacidad para el trabajo
- Art. 438.- (parte 2/2) — Disminución de capacidad para el trabajo
- Art. 439 — Deformaciones de carácter estético
- Art. 440 — Libertad de asociación
- Art. 441 — Protección del Estado
- Art. 442 — Personería jurídica de las asociaciones profesionales o sindicatos
- Art. 443 — Requisitos para la constitución de asociaciones profesionales o sindicatos
- Art. 444 — Registro de asociaciones profesionales o sindicatos
- Art. 445 — Negativa de registro
- Art. 446 — Modificación de los estatutos
- Art. 447 — Contenido de los estatutos
- Art. 448 — Voluntad expresa para asociarse
- Art. 449 — Integración de las directivas
- Art. 450 — Alcance de los preceptos de este parágrafo
- Art. 451 — Obligación de las autoridades de trabajo
- Art. 452 — Prohibición de despido
- Art. 453 — Discusión y aprobación de estatutos
- Art. 454 — Plazo para la notificación
- Art. 455 — Indemnización por despido ilegal
- Art. 456 — Registro en la Dirección Regional del Trabajo
- Art. 457 — Asociación de los trabajadores de las industrias del sector público
- Art. 458 — Asociaciones de empleadores
- Art. 459 — Constitución del comité de empresa
- Art. 460 — Derecho a integrar el comité de empresa
- Art. 461 — Funciones del comité de empresa
- Art. 462 — Obligaciones de la directiva del comité de empresa
- Art. 463 — Remoción de la directiva
- Art. 464 — No es causa de disolución del comité de empresa
- Art. 465 — Declaratoria de disolución
- Art. 466 — No son causas para la desaparición del comité de empresa
- Art. 467 — Derecho de huelga
- Art. 468 — Pliego de peticiones
- Art. 469 — Término del conflicto
- Art. 470 — Mediación obligatoria
- Art. 471 — Prohibición de declaratoria de huelga
- Art. 472 — Sometimiento del conflicto al Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 473 — Designación de vocales
- Art. 474 — Integración del Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 475 — Audiencia de conciliación
- Art. 476 — Normas para concurrencia a la junta de conciliación
- Art. 477 — Conciliación
- Art. 478 — Caso de remoción de un trabajador reclamante
- Art. 479 — Término de prueba e indagaciones
- Art. 480 — De las sesiones del tribunal
- Art. 481 — Recurso de apelación y nulidad
- Art. 482 — Trámite de los recursos
- Art. 483 — Ejecutoria del fallo
- Art. 484 — No se suspenderá la tramitación
- Art. 485 — Apelación de los huelguistas
- Art. 486 — Tribunales superiores de conciliación y arbitraje
- Art. 487 — Integración de los tribunales superiores
- Art. 488 — Trámite del recurso de segunda instancia
- Art. 489 — Efectos de los fallos ejecutoriados
- Art. 490 — Omisión de formalidades legales
- Art. 491 — Atribuciones del Ministerio de Trabajo y Empleo
- Art. 492 — Sanciones por incumplimiento del fallo
- Art. 493 — Ejecución del convenio o del fallo
- Art. 494 — Sanción al registrador de la propiedad
- Art. 495 — Derechos de los trabajadores para intervenir en el remate
- Art. 496 — No se suspenderá la ejecución de una sentencia o de una transacción
- Art. 497 — Casos en que puede declararse la huelga
- Art. 498 — Declaratoria de huelga
- Art. 499 — Providencias de seguridad
- Art. 500 — Permanencia en fábricas y talleres
Artículos 501 – 600101 disposiciones
- Art. 501 — Prohibición de emplear trabajadores sustitutos
- Art. 502 — Terminación de la huelga
- Art. 503 — Retorno al trabajo
- Art. 504 — Remuneración durante los días de huelga
- Art. 505 — Huelga solidaria
- Art. 506 — Tramitación de la huelga solidaria
- Art. 507 — Calificación de huelga solidaria ilícita
- Art. 508 — Declaratoria de huelga solidaria
- Art. 509 — Excepción a la garantía de estabilidad
- Art. 510 — Responsabilidad por actos de violencia
- Art. 511 — Suspensión del contrato de trabajo
- Art. 512 — Representación de los trabajadores
- Art. 513 — Declaratoria de huelga ilícita
- Art. 514 — Declaración de huelga en las instituciones y empresas que prestan…
- Art. 515 — Servicios mínimos
- Art. 516 — Efectos de la inobservancia
- Art. 517 — Atribuciones de los Presidentes de los Tribunales de Conciliación y Arbitraje
- Art. 518 — Requisitos para desempeñar la Dirección Regional del Trabajo
- Art. 519 — Planteamiento de reclamaciones
- Art. 520 — Comparecencia de cualquier persona
- Art. 521 — Decisiones sobre fallos contradictorios
- Art. 522 — Regulación de honorarios
- Art. 523 — Caso de delito de concusión
- Art. 524 — Fondos del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia
- Art. 525 — Concepto de paro
- Art. 526 — Autorización para el paro
- Art. 527 — Designación de comité especial
- Art. 528 — Plazo para contestar
- Art. 529 — Formación del Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 530 — Procedimiento en rebeldía
- Art. 531 — Casos en que el empleador puede declarar el paro
- Art. 532 — Duración del paro
- Art. 533 — Efectos del paro
- Art. 534 — Paro ilegal
- Art. 535 — Reanudación parcial del trabajo
- Art. 536 — Sanciones por paro ilegal
- Art. 537 — Obligaciones de los empleadores
- Art. 538 — Autoridades y organismos
- Art. 539 — Atribuciones de las autoridades y organismos del trabajo
- Art. 540 — Dependencia del Ministerio de Trabajo y Empleo
- Art. 541 — Plan de labores
- Art. 542 — Atribuciones de las Direcciones Regionales del trabajo
- Art. 543 — Dependencias de las direcciones regionales del trabajo
- Art. 544 — Inspectores provinciales
- Art. 545 — Atribuciones de los inspectores del trabajo
- Art. 546 — Responsabilidad de los inspectores del trabajo
- Art. 547 — Sanciones
- Art. 548 — Estadística del trabajo
- Art. 549 — Oficinas de estadística
- Art. 550 — Atribuciones de la oficina central
- Art. 551 — Ámbito del servicio de estadística
- Art. 552 — Prohibición de intervenir en caso de huelga
- Art. 553 — Departamentos de Seguridad e Higiene del Trabajo
- Art. 554 — De sus funciones
- Art. 555 — De sus funciones
- Art. 556 — De sus funciones
- Art. 557 — Servicio de colocación
- Art. innumerado (a continuación del Art. 557) — Art. (…) [innumerado, a continuación del Art. 557]
- Art. 558 — Obligación de suministrar información
- Art. 559 — Equilibrio en el mercado de trabajo
- Art. 560 — (Derogado)
- Art. 561 — Comisiones asesoras
- Art. 562 — (Derogado)
- Art. 563 — (Derogado)
- Art. 564 — Reglamentación del servicio de empleo y recursos humanos
- Art. 565 — Juzgados del Trabajo y Tribunales de Conciliación y Arbitraje
- Art. 566 — Competencia de la Corte Nacional y de las Cortes Provinciales
- Art. 567 — Atribuciones de los Tribunales de Conciliación y Arbitraje
- Art. 568 — (Derogado)
- Art. 569 — Nombramiento de jueces y ejercicio de la judicatura del trabajo
- Art. 570 — (Derogado)
- Art. 571 — Excepción de incompetencia
- Art. 572 — Trámite de excusa
- Art. 573 — Trámite de las controversias laborales
- Art. 574 — (Derogado)
- Art. 575 — Trámite de las controversias laborales
- Art. 576 — (Derogado)
- Art. 577 — Solicitud y práctica de pruebas
- Art. 578 — (Derogado)
- Art. 579 — (Derogado)
- Art. 580 — (Derogado)
- Art. 581 — (Derogado)
- Art. 582 — (Derogado)
- Art. 583 — (Derogado)
- Art. 584 — (Derogado)
- Art. 585 — (Derogado)
- Art. 586 — (Derogado)
- Art. 587 — (Derogado)
- Art. 588 — Sanciones por temeridad o mala fe
- Art. 589 — Informe del inspector del trabajo
- Art. 590 — (Derogado)
- Art. 591 — (Derogado)
- Art. 592 — (Derogado)
- Art. 593 — (Derogado)
- Art. 594 — Medidas precautelatorias
- Art. 595 — Impugnación del documento de finiquito
- Art. 596 — (Derogado)
- Art. 597 — (Derogado)
- Art. 598 — (Derogado)
- Art. 599 — (Derogado)
- Art. 600 — (Derogado)
Artículos 601 – 63737 disposiciones
- Art. 601 — (Derogado)
- Art. 602 — (Derogado)
- Art. 603 — (Derogado)
- Art. 604 — (Derogado)
- Art. 605 — (Derogado)
- Art. 606 — Prohibición de suscitar incidentes
- Art. 607 — (Derogado)
- Art. 608 — (Derogado)
- Art. 609 — (Derogado)
- Art. 610 — (Derogado)
- Art. 611 — (Derogado)
- Art. 612 — (Derogado)
- Art. 613 — (Derogado)
- Art. 614 — (Derogado)
- Art. 615 — Límite para el pago materia del reclamo
- Art. 616 — (Derogado)
- Art. 617 — Prohibición al trabajador de ceder derechos litigiosos
- Art. 618 — (Derogado)
- Art. 619 — (Derogado)
- Art. 620 — (Derogado)
- Art. 621 — Solicitud de visto bueno
- Art. 622 — Suspensión de relaciones laborales
- Art. 623 — Facultades de los jefes de cuerpos de bomberos
- Art. 624 — Trámite de desahucio
- Art. 625 — Caso de no haber inspectores del trabajo
- Art. 626 — Demandas del trabajador por otros conceptos
- Art. 627 — Sanciones previa audiencia del infractor
- Art. 628 — Caso de violación de las normas del Código del Trabajo
- Art. 629 — Multa impuesta por la Dirección Regional del Trabajo
- Art. 630 — Procedimiento coactivo
- Art. 631 — Competencia para imposición de sanciones
- Art. 632 — Caso de reincidencia
- Art. 633 — Inversión del producto de las multas
- Art. 634 — Término para la declaratoria de abandono
- Art. 635 — Prescripción de las acciones provenientes de actos o contratos
- Art. 636 — Prescripciones especiales
- Art. 637 — Suspensión e interrupción de la prescripción
Disposiciones generales, transitorias y reformatorias23 disposiciones
- Disposición Final Primera
- Disposición Final Segunda — Título ... DEL TRABAJO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Agregado por…
- Disposición General Primera
- Disposición General Segunda
- Disposición General Tercera
- Disposición General Cuarta
- Disposición General Quinta
- Disposición General Sexta
- Disposición General Séptima
- Disposición General Octava
- Disposición General Novena
- Disposición General Décima
- Disposición General Décima primera
- Disposición Transitoria Primera
- Disposición Transitoria Segunda
- Disposición Transitoria Tercera
- Disposición Transitoria Cuarta
- Disposición Transitoria Quinta — En las jurisdicciones cantonales donde no existan jueces de Trabajo,…
- Disposición Transitoria Sexta — Las disposiciones contenidas en la Ley 2003-13 “Reformatoria del…
- Disposición Transitoria Séptima — Desde el momento en que entre en vigencia la Ley 2003-13…
- Disposición Transitoria Octava — Tanto las causas sometidas a la jurisdicción y competencia de jueces…
- Disposición Transitoria Novena — Los jueces ocasionales designados conforme a lo dispuesto en la…
- Disposición Transitoria Décima — Desde la fecha en que se constituya legalmente la Corte Suprema de…