Art. 556 del Código de Trabajo — De sus funciones
Art. 556.- De sus funciones.- Corresponde a la Dirección de Empleo y Recursos Humanos: 1.
Orientar la utilización adecuada de la fuerza laboral del país; 2.
Promover y ejecutar la política de empleo, mediante el servicio de colocación; 3.
Investigar y atender todo lo relacionado con la selección de las migraciones laborales; 4.
Llevar el registro de los trabajadores ocupados y desocupados, siguiendo una catalogación metodizada y completa conforme a las diversas ramas de trabajo, con las especificaciones necesarias; y, 5.
Las demás conferidas por la ley.
Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.
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