InicioCódigo de Trabajo › Art. 439

Art. 439 del Código de Trabajo — Deformaciones de carácter estético

📕 Código de Trabajo de Ecuador Texto vigente · última reforma 2023-05 Fuente: corpus verificado VemoraLink

Art. 439.- Deformaciones de carácter estético.- Las deformaciones puramente estéticas, según su carácter, serán indemnizadas sólo en el caso de que en alguna forma disminuyan la capacidad para el trabajo de la persona lesionada, teniendo en cuenta la actividad a que se dedica.

Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.

¿Cómo aplica el Art. 439 a tu caso?
Pregúntale al Agente Legal: responde con los artículos exactos del corpus y arma el cálculo o el escrito contigo.

Probar gratis — 25 créditos sin tarjeta

Artículos relacionados

Art. 371
Indemnización por disminución permanente
Art. 371.- Indemnización por disminución permanente.- Si el accidente ocasionare disminución permanente de la capacidad para el trabajo, el empleador estará obligado…
Art. 438.- (parte 2/2)
Disminución de capacidad para el trabajo
Pérdida o deformación excesiva del pabellón de la oreja unilateral, de 0 a 5 215. Bilateral, de 3 a 10 COLUMNA VERTEBRAL Incapacidades consecutivas a traumatismos si…
Art. 361
Disminución permanente
Art. 361.- Disminución permanente.- Producen disminución permanente de la capacidad para el trabajo las lesiones detalladas en el cuadro valorativo de disminución de…
Art. 360
Incapacidad permanente y absoluta
Art. 360.- Incapacidad permanente y absoluta.- Producen incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo las lesiones siguientes: 1. La pérdida total, o en sus pa…

Herramientas para este artículo

Calculadora de liquidación laboral Calculadora de horas extras Buscador de leyes
← Art. 438.- (parte 2/2) — Disminución de capacidad para el trabajo