Art. 575 del Código de Trabajo — Trámite de las controversias laborales
Art. 575.- Trámite de las controversias laborales.- (Sustituido por el num. 6 de la Disposición Reformatoria Sexta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015).- Las controversias individuales de trabajo, se sustanciarán en procedimiento sumario conforme lo prevé el Código Orgánico General de Procesos.
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