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Art. 92 del Código de Trabajo — Garantía para parturientas

📕 Código de Trabajo de Ecuador Texto vigente · última reforma 2023-05 Fuente: corpus verificado VemoraLink

Art. 92.- Garantía para parturientas.- No cabe retención ni embargo de la remuneración que perciban las mujeres durante el período de dos semanas anteriores al parto y seis semanas posteriores al mismo.

Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.

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