Art. 226 del Código de Trabajo — Contenido de la reclamación
Art. 226.- Contenido de la reclamación.- La reclamación contendrá los siguientes puntos: 1.
Designación de la autoridad ante quien se propone la reclamación; 2.
Nombres y apellidos de los reclamantes, quienes justificarán su calidad con las respectivas credenciales; 3.
Nombre y designación del requerido, con indicación del lugar en donde será notificado; 4.
Los fundamentos de hecho y de derecho de la reclamación, señalando con precisión los puntos, artículos o cláusulas materia del contrato en negociación, con determinación de aquellos sobre los que existió acuerdo y los que no han sido convenidos; 5.
La designación y aceptación de los vocales principales y suplentes que integrarán el Tribunal de Conciliación y Arbitraje; y, 6.
Domicilio legal para las notificaciones que correspondan a los comparecientes y a los vocales designados.
Con el libelo se acompañarán las pruebas instrumentales de que dispongan.
Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.
¿Cómo aplica el Art. 226 a tu caso?
Pregúntale al Agente Legal: responde con los artículos exactos del corpus y arma el cálculo o el escrito contigo.