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Art. 226 del Código de Trabajo — Contenido de la reclamación

📕 Código de Trabajo de Ecuador Texto vigente · última reforma 2023-05 Fuente: corpus verificado VemoraLink

Art. 226.- Contenido de la reclamación.- La reclamación contendrá los siguientes puntos: 1.

Designación de la autoridad ante quien se propone la reclamación; 2.

Nombres y apellidos de los reclamantes, quienes justificarán su calidad con las respectivas credenciales; 3.

Nombre y designación del requerido, con indicación del lugar en donde será notificado; 4.

Los fundamentos de hecho y de derecho de la reclamación, señalando con precisión los puntos, artículos o cláusulas materia del contrato en negociación, con determinación de aquellos sobre los que existió acuerdo y los que no han sido convenidos; 5.

La designación y aceptación de los vocales principales y suplentes que integrarán el Tribunal de Conciliación y Arbitraje; y, 6.

Domicilio legal para las notificaciones que correspondan a los comparecientes y a los vocales designados.

Con el libelo se acompañarán las pruebas instrumentales de que dispongan.

Texto tomado del corpus legal verificado de VemoraLink (versión del documento: 2023-05). La ley es de dominio público; verifica siempre la versión vigente para tu caso.

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